Preguntas
Frecuentes
Las Cooperativas son asociaciones autónomas de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales.
Tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de sus socios de acuerdo con el principio de la ayuda mutua y presentan las siguientes características fundamentales:
• Las socias tienen iguales derechos y obligaciones;
• Cada socia tiene es un voto y su ingreso y retiro es voluntario.
• Deben distribuir el excedente correspondiente a operaciones con sus socias.
• Deben observar neutralidad política y religiosa, desarrollar actividades de educación cooperativa y procurar establecer entre ellas relaciones federativas e intercooperativas. (Art. 1° Ley General de Cooperativas).
La Junta General de Socias es la autoridad máxima de la Cooperativa y representa al conjunto de sus miembros. En ella, los socios eligen a los miembros del Consejo de Administración, cuerpo colegiado responsable de definir las políticas generales de la Cooperativa.
La Junta General designa igualmente a los integrantes de Junta de Vigilancia, instancia encargada de controlar la correcta operación de la Cooperativa.
El Comité de Crédito es designado por el Consejo de Administración y su objetivo fundamental es velar por el adecuado otorgamiento de los préstamos a los socios.
El Consejo de Administración nombra al Gerente, funcionaria cuyo papel es ejecutar las políticas definidas por éste y, en general, conducir la gestión de la Empresa.
Pueden incorporarse todas a aquellas personas naturales que cumplan con los requisitos que están en el Estatuto de la Cooperativa.
Debe presentar Cédula de Identidad, comprobante de Domicilio y cancelar un monto de dinero correspondiente a la cuota de incorporación ($3.500) que se cancela una sola vez. Además de cumplir con un ahorro mínimo mensual de $3.000 y una cuota social mensual de $2.000, cuota que sube en $100 por año.
Si, se requieren los mismo requisitos descritos anteriormente: Cédula de Identidad, comprobante de Domicilio y cancelar un monto de dinero correspondiente a la cuota de incorporación ($3.500) que se cancela una sola vez. Además de cumplir con un ahorro mínimo mensual de $3.000 y una cuota social mensual de $2.000.
En el caso de solicitar un crédito solo se otorga su capital ahorrado, en la caso de solicitar más necesita una aval chilena.*
*previa evaluación del consejo
Es un Beneficio Solidario que nuestra cooperativa ofrece a sus asociados, consiste en el 7 % de reembolso por conceptos de Salud, según reglamento interno, con un tope máximo de 50.000 pesos anuales, siempre y cuando la socia mantenga un crédito activo durante el año y mantenga sus pagos de ahorro mínimo y cuota social al día.
Presentando los documentos originales que acrediten sus gastos médicos, el plazo de presentación vence a los 60 días.
La cooperativa podrá hacer préstamos exclusivamente a sus socias.
Tendrán derecho sólo aquellas socias que:
- Estén al día con todos los compromisos con la cooperativa y no ser aval de socia morosa.
- Hayan cumplido su compromiso de ahorrar periódicamente.
- No tengan saldos pendientes o algún préstamo anterior, salvo acuerdo expreso del consejo de administración
- En el servicio de un préstamo anterior hayan cumplido con el pago de sus cuotas.
Los préstamos se otorgarán para fines productivos o convenientes, ya sean de carácter comercial, industrial, agrícola o personal.
Los préstamos que se otorgan son créditos de consumo.
Presentando los documentos originales que acrediten sus gastos médicos, el plazo de presentación vence a los 60 días.
Es el aporte en dinero que mensualmente cada socia aporta a la cooperativa y corresponde a las cuotas de participación, que servirá como capital de trabajo para la cooperativa
Persona natural o jurídica que asume la responsabilidad de cumplir con la obligación de un tercero en el caso de que éste no lo haga.
Corresponden a un registro de las operaciones que una persona realiza en diversas instituciones (comerciales y financieras) que permiten establecer su confiabilidad y nivel de riesgo para responder a sus compromisos financieros y comerciales.
Corresponde a un pago obligatorio mensual, destinado a dos fondos; al fondo solidario y a gastos administrativos (cuota de participación)
La cooperativa podrá hacer préstamos exclusivamente a sus socias.
Tendrán derecho sólo aquellas socias que:
• Estén al día con todos los compromisos con la cooperativa y no ser aval de socia morosa.
• Hayan cumplido su compromiso de ahorrar periódicamente.
• No tengan saldos pendientes o algún préstamo anterior, salvo acuerdo expreso del consejo de administración
• En el servicio de un préstamo anterior hayan cumplido con el pago de sus cuotas.
Los préstamos se otorgarán para fines productivos o convenientes, ya sean de carácter comercial, industrial, agrícola o personal.
Los préstamos que se otorgan son créditos de consumo.
El monto se determina previa evaluación, depende del ahorro, comportamiento de pago, antigüedad, entre otros. Con un aval se puede solicitar más.
Existe una cuota mortuoria; porcentaje de dinero de acuerdo a los años que estuvo la socia en la cooperativa. Consiste en un reembolso para su familia o pareja dependiendo de quien presente la boleta de los costos del servicio.
Al igual que la incorporación el retiro de cualquier socia es voluntario, para ello debe presentar una carta al consejo de administración. Existe un procedimiento de devolución de acuerdo a las normativas, entre otras cosas la socia no deberá tener deudas ni ser aval de otra socia.